El pasado 25 de marzo, la Unión Europea anunció lo que denominó “la reforma más ambiciosa de las normas aduaneras de la UE desde 1968”, que incluye nuevas medidas para el comercio electrónico y “una arquitectura aduanera moderna basada en datos que simplifica los procedimientos y mejora la eficiencia.”
Un comunicado de prensa de la Comisión Europea indica que la reforma incluirá la creación de la nueva Autoridad Aduanera de la UE (AAU), con sede en Lille (Francia) y cuyas actividades comenzarán en 2027. La AAU se encargará de (1) coordinar y modernizar las operaciones aduaneras en los 27 estados miembros de la UE; (2) facilitar el intercambio de información y la gestión de riesgos a nivel de la UE; y (3) gestionar el Centro de Datos Aduaneros de la UE, una interfaz digital única para todas las operaciones aduaneras en la UE que permitirá a las empresas presentar los datos una sola vez, en lugar de tener que navegar por múltiples sistemas nacionales. Este centro se pondrá en marcha para el comercio electrónico en 2028, se abrirá al resto de empresas en 2031, y se extenderá a todos los operadores comerciales convirtiéndose en el único punto de entrada aduanero obligatorio de la UE en 2034.
Otros aspectos de la reforma aduanera incluyen los siguientes:
- Reforzar el marco para operadores de confianza, de modo que las empresas con un sólido historial de cumplimiento se beneficien de ventajas tales como procedimientos simplificados y menos controles, y las autoridades aduaneras puedan centrar sus recursos en envíos de alto riesgo.
- Imponer temporalmente un arancel de €3 sobre los paquetes con un valor inferior a €150 a partir del próximo 1 de julio y aplicar los aranceles aduaneros habituales a dichos paquetes una vez que el Centro de Datos Aduaneros de la UE esté plenamente operativo.
- Introducir a más tardar el próximo 1 de noviembre una tasa de gestión (con un importe específico todavía por determinar) sobre las mercancías importadas para compensar el aumento de los costes para las autoridades aduaneras.
- Exigir a los operadores de comercio electrónico que en el futuro (1) informen a las autoridades a través del Centro de Datos Aduaneros de la UE sobre sus ventas inmediatamente después de que se produzcan, y (2) garanticen el cumplimiento de la legislación de la UE aplicable a sus productos, incluidas las normas fiscales y no fiscales, con posibles sanciones específicas por incumplimiento sistemático.
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