Background

La Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio de EEUU (BIS) ha emitido dos propuestas regulatorias que enmendarían el Reglamento de Administración de las Exportaciones (EAR) para adoptar mayores restricciones sobre las exportaciones, reexportaciones o apoyo a usuarios finales militares o de inteligencia y usos finales en países de interés. En una acción relacionada, el Departamento de Estado de EEUU está proponiendo revisar el alcance de los servicios de defensa controlados según el Reglamento sobre el Tráfico Internacional de Armas (ITAR). Cualquier parte interesada tiene hasta el próximo 27 de septiembre para enviar comentarios sobre estas propuestas.

Según un comunicado de prensa de BIS, los controles específicos propuestos incluyen:

- restricciones más amplias sobre las actividades de apoyo de personas estadounidenses con respecto a los usos finales y a los usuarios finales de interés, incluida la facilitación de la adquisición de ciertos artículos de origen extranjero por parte de servicios militares, de inteligencia y de seguridad de interés, así como la realización de mantenimiento, reparación y revisión de dichos artículos;

- restricciones más amplias sobre todos los artículos sujetos al EAR cuando estén destinados a las fuerzas armadas o a la guardia nacional de países sujetos a un embargo de armas por parte de EEUU, así como a agencias de inteligencia civiles o militares de más de 40 países de interés;

- controles más amplios sobre todos los artículos en la Lista de Control de Comercio cuando estén destinados a usuarios finales de seguridad extranjera (por ejemplo, policía y agencias de seguridad) o a usuarios finales de apoyo militar (tales como contratistas de defensa) en países sujetos a un embargo de armas por parte de EEUU; y

- nuevas restricciones a la exportación de determinadas tecnologías de reconocimiento facial que puedan permitir la vigilancia masiva.

BIS afirma que estas propuestas complementan los controles mantenidos por otras agencias federales, incluidos los controles sobre artículos y servicios de defensa administrados por el Departamento de Controles Comerciales de Defensa del Departamento de Estado (DDTC) de conformidad con el ITAR, así como las restricciones a los servicios de personas estadounidenses mantenidas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de EEUU (OFAC) bajo diversos programas de sanciones. BIS afirma que, según las reglas propuestas, las personas estadounidenses no estarían obligadas a obtener una licencia de la agencia para participar en actividades reguladas por otro departamento o agencia federal o requeridas para promover los servicios de defensa autorizados por DDTC.

Con respecto a su propuesta regulatoria, el Departamento de Estado señala que durante una reciente revisión de los servicios de defensa DDTC identificó ciertos servicios militares, cibernéticos y de inteligencia proporcionados a personas extranjeras que actualmente no están controlados o están controlados pero pudieran requerir mayor claridad. Por lo tanto, DDTC está proponiendo una nueva definición de “servicio de defensa”, una articulación detallada de los servicios actualmente y recientemente controlados en la Lista de Municiones de EEUU, y un lenguaje que proporcionaría la base para regular ciertos nuevos servicios propuestos como servicios de defensa.

Entre otras cosas, esta propuesta requeriría una revisión por parte de DDTC antes de brindar asistencia relacionada con inteligencia que no esté directamente relacionada con un artículo de defensa a ciertos tipos de personas extranjeras (es decir, una unidad, fuerza o gobierno extranjero) o a sus apoderados o agentes. El Departamento de Estado ha determinado que estas actividades justifican y requieren un control equivalente al de los artículos de defensa relacionados con la inteligencia, ya que dicha asistencia (incluido el entrenamiento o la consultoría) proporciona de manera similar una ventaja militar o de inteligencia crítica a la persona extranjera.

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