USTR aceptará comentarios hasta el próximo 30 de octubre para su informe anual sobre las barreras extranjeras significativas o las distorsiones de las exportaciones de bienes y servicios de EEUU y la inversión extranjera directa de EEUU. Será bienvenido cualquier comentario que aborde una o más de las siguientes categorías de obstáculos al comercio:
- políticas de importación (p. ej., aranceles y otros cargos de importación, restricciones cuantitativas, licencias de importación, inspección previa al envío, barreras aduaneras, facilitación del comercio, prácticas de valoración aduanera, evasión o elusión arancelaria, y otras barreras de acceso al mercado);
- subsidios (p. ej., subsidios supeditados al desempeño de las exportaciones tales como la financiación de las exportaciones en condiciones preferenciales y los subsidios a las exportaciones agrícolas que desplacen las exportaciones estadounidenses en los mercados de terceros países, además de subsidios a la sustitución de importaciones tales como los subsidios condicionados a la compra o el uso de bienes nacionales en lugar de los importados);
- protección de la propiedad intelectual (p. ej., regímenes inadecuados de patentes, derechos de autor y marcas registradas, robo de secretos comerciales y aplicación inadecuada de los derechos de propiedad intelectual);
- servicios (p. ej., prohibiciones o restricciones a la participación extranjera en el mercado, requisitos de licencia o estándares regulatorios discriminatorios, requisitos de presencia local y restricciones irrazonables sobre los tipos de servicios que los proveedores pueden ofrecer);
- inversión (p. ej., limitaciones a la participación de capital extranjero y al acceso a programas de investigación y desarrollo financiados por gobiernos extranjeros, requisitos de contenido local, requisitos de transferencia de tecnología y de rendimiento de las exportaciones, y restricciones a la repatriación de ganancias, capital, tarifas y regalías);
- competencia (p. ej., conducta anticompetitiva tolerada por un gobierno extranjero que restrinja la venta o compra de bienes o servicios estadounidenses en los mercados del país extranjero, abuso de las leyes de competencia que inhiba el comercio, y preocupaciones sobre la equidad y el debido proceso por parte de empresas involucradas en procedimientos de investigación y cumplimiento de la competencia);
- medidas sanitarias y fitosanitarias (p. ej., medidas que restrinjan innecesariamente el comercio sin promover los objetivos de seguridad por aplicarse más allá de lo necesario para proteger la vida o la salud de las personas, los animales o los vegetales, o por no basarse en la ciencia o mantenerse sin suficiente evidencia científica);
- obstáculos técnicos al comercio (p. ej., normas, procedimientos de evaluación de la conformidad, etiquetado o reglamentos técnicos innecesariamente restrictivos o discriminatorios del comercio);
- restricciones a la contratación pública (p. ej., políticas que excluyan bienes o servicios estadounidenses, licitaciones cerradas y procesos de licitación que carezcan de transparencia);
- empresas de propiedad estatal (p. ej., acciones de empresas estatales y gobiernos con respecto a empresas estatales involucradas en la fabricación o producción de bienes no agrícolas o el suministro de servicios que constituyan barreras comerciales significativas o distorsiones de las exportaciones de bienes y servicios, o inversiones estadounidenses que puedan afectar negativamente a las empresas y trabajadores estadounidenses);
- asuntos laborales (p. ej., violaciones significativas de los derechos laborales internacionalmente reconocidos u otras prácticas que contribuyan a la supresión de los salarios, que constituyan barreras significativas o distorsiones de las exportaciones estadounidenses de bienes y servicios o de la inversión estadounidense que puedan afectar negativamente a las empresas y a los trabajadores estadounidenses);
- medio ambiente (p. ej., leyes y regulaciones ambientales débiles o no aplicadas, actos significativos de degradación ambiental, recolección ilegal de recursos naturales y otras prácticas ambientales dañinas que brinden un beneficio o incentivo a productores o inversionistas o que constituyan barreras significativas o distorsiones de las exportaciones estadounidenses de bienes y servicios o de la inversión estadounidense que puedan afectar negativamente a las empresas o a los trabajadores estadounidenses);
- otras políticas y prácticas no comerciales (p. ej., políticas que adopten y busquen planes industriales dirigidos a industrias específicas para su dominación por parte de empresas nacionales, que presionen o actúen de otro modo para garantizar que las empresas nacionales compren productos nacionales en lugar de productos importados de EEUU, que creen o mantengan un exceso de capacidad no comercial, particularmente en sectores industriales clave, o que ordenen o permitan que las autoridades reguladoras ejerzan su autoridad de manera discriminatoria);
- otras barreras, incluidas las que abarquen más de una categoría, como el soborno y la corrupción, o que afecten a un solo sector.
Las partes interesadas pueden enviar información relacionada con una larga lista de mercados de exportación que se abordarán en el informe, incluidos los siguientes mercados latinoamericanos: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay.
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