El Servicio Nacional de Pesca Marina (NMFS) ha emitido una regla final que extiende por un año, hasta el 31 de diciembre de 2023, el período de exención durante el cual no se aplicarán las prohibiciones de importación de productos del mar en virtud de la Ley de Protección de Mamíferos Marinos (MMPA). El NMFS entiende que esta extensión evitará interrupciones adicionales al comercio y cargas adicionales en la cadena de suministro.
Las disposiciones de importación de la MMPA prohíben la importación de pescado o productos pesqueros de operaciones de pesca comercial que resulten en la mortalidad incidental o lesiones graves de mamíferos marinos que excedan los estándares de Estados Unidos. El pescado y los productos pesqueros de las pesquerías exentas y de exportación identificadas por el NMFS en su lista de pesquerías extranjeras solo se pueden importar a EEUU si la nación pesquera ha solicitado y recibido un hallazgo de comparabilidad.
Sin embargo, en una regla de 2016 el NMFS estableció un período de exención inicial de cinco años para que las naciones extranjeras desarrollaran programas regulatorios pesqueros sobre la captura incidental de mamíferos marinos que fuesen comparables en efectividad a las regulaciones de EEUU. Las importaciones de países pesqueros no estarán sujetas a las prohibiciones de las disposiciones de importación de la MMPA durante este período.
El NMFS extendió previamente este período de exención hasta finales de este año y ahora ha decidido extenderlo por un año adicional “debido a demoras en las acciones administrativas atribuibles al desvío de recursos gubernamentales en respuesta a la pandemia de COVID-19 sin precedentes.”
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