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Esta pasada semana se produjeron novedades importantes con respecto al reembolso de los aranceles impuestos en virtud de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA).

Tras la decisión del Tribunal Supremo que anuló los aranceles de la IEEPA, el Tribunal de Comercio Internacional (CIT) ordenó a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EEUU (CBP) que reembolsara dichos aranceles a los importadores que los habían pagado. Sin embargo, el Juez Richard Eaton suspendió la obligación de CBP de hacerlo de inmediato mientras la agencia desarrollaba e implementaba su sistema CAPE para procesar las solicitudes de reembolso. Hasta la fecha, CBP solo ha implementado la Fase 1 del CAPE, que se limita a ciertas declaraciones de importación pendientes de liquidación y a aquellas que se encuentran dentro de los 80 días posteriores a su liquidación, y no ha especificado cuándo se implementarán fases adicionales ni qué declaraciones adicionales abarcarán.

CBP lleva aproximadamente un mes procesando las solicitudes de reembolso de los aranceles IEEPA y, en una actualización provista el pasado 26 de mayo, enumeró una serie de problemas que podrían causar retrasos en el procesamiento de estas solicitudes.

- Casi un tercio de las reclamaciones no superaron la validación inicial del archivo, principalmente debido a (1) discrepancias entre el importador registrado y el declarante en las declaraciones CAPE; (2) números de entrada con longitud incorrecta o inexistentes; y (3) archivos .csv que no se ajustan a la plantilla publicada en el portal ACE.

- Aproximadamente el 22 por ciento de las entradas incluidas en reclamaciones que superaron la validación del archivo posteriormente no superaron la validación de la entrada, principalmente porque (1) la fecha de entrada era posterior al plazo de 90 días de CBP para realizar la reliquidación; (2) la entrada no incluía un número del Capítulo 99 del HTSUS utilizado para calcular los aranceles IEEPA; o (3) la entrada ya se había presentado en una declaración CAPE anterior.

- Miles de reembolsos aprobados no se han transmitido al Departamento del Tesoro de EEUU para su desembolso porque el importador registrado o su representante autorizado en el Formulario 4811 de CBP no han proporcionado la información de la cuenta ACH.

Por lo tanto, los importadores deben asegurarse de que sus solicitudes de reembolso sean precisas e incluyan toda la información requerida, y de que estén configuradas para recibir reembolsos electrónicos antes de presentarlas.

CBP también señaló que hasta la fecha se han aceptado aproximadamente US$85 billones en reembolsos de aranceles IEEPA potenciales y certificados para su procesamiento en el CAPE, y que CBP ha certificado reembolsos por un monto aproximado de US$20.6 billones y los ha enviado al Tesoro para su desembolso.

Sin embargo, el Juez Eaton emitió una orden el pasado 27 de mayo expresando su preocupación por el hecho de que CBP no esté haciendo lo suficiente para proporcionar reembolsos a todos los importadores. Eaton afirmó estar “particularmente preocupado por los millones de declaraciones informales en las que la liquidación fue simultánea, o casi simultánea, con el momento de la declaración y para las cuales la liquidación ya es definitiva", señalando que hasta el momento “CBP no ha presentado una propuesta sobre cómo abordar estas declaraciones.”

Por consiguiente, Eaton ordenó a CBP que justifique por qué no debería eliminar el requisito suspendido de cumplimiento inmediato de la directiva de reembolso de los aranceles IEEPA. CBP debe responder antes del 4 de junio y el CIT celebrará una audiencia sobre el asunto el 9 de junio, en la que el comisionado de CBP, Rodney Scott, debe comparecer en persona.

La orden de comparecencia, o una decisión del CIT de levantar la suspensión del cumplimiento inmediato, podría llevar al Departamento de Justicia de EEUU a presentar una apelación contra la orden del CIT que obliga a CBP a reembolsar todos los aranceles IEEPA, lo que podría afectar el proceso de reembolso. El Departamento de Justicia tiene hasta el 6 de junio para presentar dicha apelación.

Mientras tanto, STR continúa recomendando que los importadores supervisen las fechas de liquidación de sus declaraciones afectadas, incluidas aquellas que se hayan aceptado en el CAPE, y que presenten oportunamente protestas ante CBP por dichas liquidaciones. Los importadores también deberían presentar oportunamente protestas por las declaraciones que no se hayan presentado en el CAPE o que actualmente no sean elegibles para dicho proceso.

STR sigue creyendo que no existe una necesidad inmediata de que los importadores presenten demandas ante el CIT para preservar su derecho a los reembolsos de los aranceles IEEPA, aunque (1) una demanda podría ser la única forma de recuperar los reembolsos por las declaraciones finalmente liquidadas, y (2) podría haber otras consideraciones importantes que justifiquen la decisión de presentar la demanda ahora (haga clic aquí para obtener más detalles en inglés).

Para obtener más información o asistencia, contáctenos vía messages@strtrade.com o a través de su contacto habitual en STR.

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