La ITC anunció recientemente los remedios comerciales recomendados que enviará al Presidente Biden después de concluir que la fibra discontinua de poliéster de denier fino se está importando a EEUU en cantidades tan grandes que constituyen una causa sustancial de daño grave a una industria estadounidense que produce un artículo similar o directamente competitivo. Esta fibra se utiliza en la fabricación de hilados, prendas de vestir, productos sanitarios, telas no tejidas (toallitas, entretelas para trajes, colchones, etc.), alfombras, tapicería y otros artículos.
Los comisionados de la ITC han recomendado el establecimiento de un contingente arancelario sobre las importaciones de los productos en cuestión provenientes de la mayoría de los países (con excepciones enfocadas principalmente en países con los que EEUU tiene un acuerdo de libre comercio). Este contingente arancelario permitiría que un cierto volumen de la fibra de poliéster en cuestión (las recomendaciones varían entre 110 y 145 millones de libras) ingrese a EEUU a una tasa arancelaria dentro del contingente de entre un 15 y un 22 por ciento, con cantidades adicionales sujetas a una tasa arancelaria más alta (se está recomendando una tasa de entre un 40 y un 50 por ciento). Las tasas arancelarias para los productos dentro y fuera del contingente disminuirían entre uno y tres puntos porcentuales cada año.
Los comisionados también recomendaron la imposición de una restricción cuantitativa – que se fijaría en cero el primer año y se incrementaría en un millón de libras en cada año subsiguiente – sobre las importaciones de la fibra de poliéster en cuestión ingresadas como una importación temporal bajo fianza. Todas las medidas recomendadas permanecerían en vigor durante un periodo de cuatro años.
Otras recomendaciones incluyen que el presidente (1) presente al Congreso una propuesta legislativa que impida permanentemente la importación de la fibra de poliéster en cuestión temporalmente bajo fianza a fines de eludir el pago de depósitos en efectivo y derechos antidumping y compensatorios aplicables, (2) autorice el establecimiento de un proceso de exclusión para permitir las importaciones de la fibra de poliéster en cuestión sin la aplicación del contingente arancelario en el caso de una falta demostrada de producción estadounidense o una escasez crítica de un producto en particular, y (3) considere programas para ayudar a los usuarios intermedios de la fibra de poliéster en cuestión y mitigar el posible impacto adverso de la medida de salvaguardia.
El Presidente Biden tomará la decisión final sobre si se debe adoptar un remedio comercial, así como su forma, monto y duración. Otras posibles medidas podrían incluir aumentos arancelarios y restricciones voluntarias a las exportaciones.
Mientras tanto, USTR estará aceptando comentarios escritos de partes interesadas hasta el 9 de septiembre sobre si los posibles remedios comerciales son apropiados y de interés público, y cualquier respuesta a dichos comentarios deberá ser enviada no más tarde del 16 de septiembre. USTR también celebrará una audiencia pública sobre este tema el 30 de septiembre y las solicitudes para testificar deben presentarse no más tarde del 9 de septiembre.
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