Background

La Comisión Marítima Federal (FMC) ha iniciado una investigación que parece formar parte de los esfuerzos de la administración del Presidente Trump para reducir la dependencia estadounidense de los buques de carga de propiedad extranjera. La FMC afirma que actualmente se está centrando en recopilar información y en proponer soluciones y que la discusión de cualquier medida correctiva, que podría incluir restricciones a la entrada de buques y carga a puertos estadounidenses, se realizará más adelante.

Antecedentes

La disposición legal 46 USC 50101 establece que es necesario para la defensa nacional de EEUU (citada por la administración Trump como base para una amplia gama de acciones) y para el comercio estadounidense que EEUU cuente con una marina mercante que sea (1) suficiente para transportar el comercio nacional por vía marítima y una parte sustancial de las importaciones y exportaciones marítimas, (2) suficiente para proporcionar un servicio de transporte marítimo esencial para mantener el flujo del comercio nacional y extranjero por vía marítima en todo momento, (3) propiedad de ciudadanos estadounidenses y operada como buques de EEUU, y (4) compuesta por los tipos de buques mejor equipados, seguros y adecuados, construidos en EEUU, y tripulados por ciudadanos estadounidenses capacitados y eficientes.

Para facilitar el desarrollo y mantenimiento de una marina mercante que cumpla estos objetivos, la disposición legal 46 USC 42101 ordena a la FMC “emitir regulaciones que afecten al transporte marítimo en el comercio internacional, sin entrar en conflicto con la ley, para ajustar o cumplir con las condiciones generales o especiales desfavorables para el transporte marítimo en el comercio internacional, ya sea en un comercio o ruta en particular o en el comercio en general, incluyendo los movimientos intermodales, las operaciones de terminales, las solicitudes de carga, los servicios de agencia, los servicios y operaciones de intermediación del transporte marítimo, y otras actividades y servicios integrales a los sistemas de transporte, y que surjan o resulten de las leyes o regulaciones de un país extranjero o de métodos competitivos, prácticas de fijación de precios u otras prácticas empleadas por propietarios, operadores, agentes o capitanes de buques de un país extranjero.”

Investigación

Por lo tanto, la FMC está investigando si las leyes, regulaciones o prácticas de gobiernos extranjeros, o las prácticas de propietarios u operadores de buques con bandera extranjera, han creado condiciones de navegación desfavorables en puntos críticos marítimos globales, como el Canal de la Mancha, el Estrecho de Malaca, el Paso del Mar del Norte, el Estrecho de Singapur, el Canal de Panamá, el Estrecho de Gibraltar y el Canal de Suez. Según la FMC, entre los factores de preocupación en estas áreas se incluyen las tensiones geopolíticas, los controles aduaneros, la congestión y los retrasos, la piratería y el terrorismo, la actividad militar, las limitaciones de capacidad, los desafíos para la navegación, y los riesgos y regulaciones ambientales.

Como parte de esta investigación, la FMC solicita la opinión de las autoridades gubernamentales, las empresas de transporte de contenedores, los operadores de buques tramp, las empresas de carga a granel, los propietarios de buques, las personas y grupos con información relevante sobre consideraciones ambientales y de conservación de recursos, y cualquier otra persona con información o perspectivas relevantes sobre estos asuntos. Se pueden enviar comentarios hasta el 13 de mayo sobre los siguientes temas:

- las causas, la naturaleza y los efectos de las restricciones sobre estos cuellos de botella;

- la medida en que estas restricciones son causadas o atribuibles (1) a las leyes, regulaciones, prácticas, acciones o inacciones de gobiernos extranjeros, o (2) a las prácticas, acciones o inacciones de los propietarios u operadores de buques de bandera extranjera;

- las probables causas, la naturaleza y los efectos de cualquier restricción de tránsito continua durante el resto de 2025;

- las mejores medidas que la FMC pudiera tomar, tanto a corto como a largo plazo, para aliviar las restricciones de tránsito y sus efectos; y

- los obstáculos para la implementación de dichas medidas y cómo abordarlos.

Consecuencias

La disposición legal 46 USC 42106 autoriza a la FMC a tomar las siguientes medidas para remediar cualquier condición desfavorable de transporte marítimo que pudiera identificar en esta investigación:

- limitar los viajes hacia y desde puertos estadounidenses, o la cantidad o tipo de carga transportada;

- suspender total o parcialmente las tarifas y los contratos de servicio para el transporte hacia o desde puertos estadounidenses, incluyendo el derecho de un transportista marítimo común a utilizar las tarifas de conferencias y contratos de servicio de acuerdos en rutas comerciales estadounidenses de las que sea miembro, por cualquier período que la FMC especifique;

- suspender total o parcialmente el derecho de un transportista marítimo común a operar bajo cualquier acuerdo presentado ante la FMC, incluyendo aquellos que autorizan trato preferencial en terminales, arrendamientos preferenciales de terminales, fletamento de espacio o la agrupación de carga o ingresos con otros transportistas;

- imponer tarifas que no excedan US$1 millón por viaje; y

- adoptar cualquier otra medida que se considere necesaria y apropiada.

Además, la disposición legal 46 USC 42107 permite a la FMC (1) ordenar a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EEUU (CBP) que deniegue el despacho a buques de un país mencionado en una regulación prescrita bajo la disposición legal 46 USC 42101, y (2) ordenar a la Guardia Costera a denegar la entrada de dichos buques a puertos estadounidenses con fines de comercio marítimo y detener a cualquiera de dichos buques que esté a punto de partir hacia otro puerto estadounidense. El aviso de la FMC sugiere que tales medidas afectarían principalmente a los buques registrados bajo bandera de Panamá, de los cuales actualmente hay más de 8,000.

Copyright © 2025 Sandler, Travis & Rosenberg, P.A.; WorldTrade Interactive, Inc. Todos los derechos reservados.

Acerca de ST&R

Aduanas – Importación – Exportación

Desde 1977, hemos establecido el estándar para los abogados y consultores de comercio internacional, brindando servicios integrales y efectivos a clientes en todo el mundo.

Vea nuestros servicios.

Close

Cookie Consent

We have updated our Privacy Policy relating to our use of cookies on our website and the sharing of information. By continuing to use our website or subscribe to our publications, you agree to the Privacy Policy and Terms & Conditions.