Dos casos recientes de sanciones por parte de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro (OFAC) ilustran los riesgos que enfrentan las empresas de cualquier tamaño que operen a nivel internacional, que no desarrollen o mantengan una noción básica de los riesgos por sanciones, y que no adopten las medidas adecuadas para identificar y prevenir posibles violaciones.
Según OFAC, una empresa multinacional con sede en EEUU acordó pagar US$141,442 para liquidar una posible responsabilidad civil en virtud de las Regulaciones de Control de Activos Cubanos en relación con la compra de explosivos y accesorios de explosivos de origen cubano por parte de su subsidiaria en el extranjero a un proveedor externo. OFAC afirma que los envíos desde Cuba ocurrieron porque un empleado de la subsidiaria no entendió las implicaciones de participar en transacciones relacionadas con bienes de origen cubano.
De manera similar, OFAC ha anunciado un acuerdo por un monto de US$45,908 con una empresa estadounidense afiliada a un distribuidor de explosivos y accesorios para operaciones mineras para liquidar una posible responsabilidad civil bajo las Regulaciones de Control de Activos Cubanos en relación con su adquisición de explosivos de origen cubano y accesorios relacionados. OFAC afirma que estas aparentes violaciones ocurrieron principalmente porque la empresa, que en gran medida es supervisada por una sola persona, no entendió las prohibiciones de EEUU sobre transacciones con propiedades cubanas o de participar en transacciones relacionadas con mercancías de origen cubano fuera de EEUU.
En cada uno de estos casos, la sanción monetaria civil máxima legal es de US$367,264. En el primer caso, los factores agravantes incluyeron que la empresa y su subsidiaria (1) no ejercieran un grado mínimo de precaución o cuidado y debieran haber sabido que su conducta conllevaría una aparente violación, y (2) fuesen una organización grande y sofisticada que opera nivel mundial con experiencia y conocimientos en transacciones internacionales. En el segundo caso, los factores agravantes incluyeron que (1) la empresa tuviera conocimiento real de que estaba financiando el suministro de bienes de origen cubano para la exportación, y (2) los bienes fueran adquiridos de una entidad bajo el control o actuando en nombre de los servicios militares, de inteligencia o de seguridad cubanos.
En ambos casos, los factores atenuantes incluyeron el historial de cumplimiento de las empresas y la cooperación con la investigación de OFAC. La agencia también destacó las medidas correctivas de la primera empresa, que incluyeron capacitación integral para el cumplimiento de los requisitos para las exportaciones y embargos específicos de países, la detección de personas denegadas y los requisitos de licencias de exportación.
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