La Unión Europea ha anunciado un acuerdo provisional sobre cambios que eximirían a la mayoría de los importadores del cumplimiento de su mecanismo de ajuste en frontera por carbono (CBAM). El acuerdo debe ser refrendado por el Consejo y el Parlamento Europeo antes de su adopción formal, prevista para septiembre.
El CBAM exige a los importadores a la UE de productos cubiertos (actualmente hierro y acero, cemento, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno) que paguen la diferencia entre el precio del carbono pagado en el país de producción y el precio de los derechos de emisión de carbono en el marco del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE (RCDE). Las normas del CBAM entraron en vigor el 1 de octubre de 2023, con un período de transición de tres años en el que las obligaciones de los importadores se limitan inicialmente a la presentación de informes. Se prevé que los gravámenes del CBAM se introduzcan gradualmente entre 2026 y 2034, coincidiendo con la eliminación gradual de los derechos de emisión gratuitos en el marco del RCDE.
Según un comunicado de prensa, el aspecto clave de la nueva propuesta de simplificación del CBAM es la exención de las obligaciones del CBAM para las empresas que no superen un umbral único basado en la masa de 50 toneladas de bienes importados por importador al año. El comunicado señala que, si bien este cambio reduciría la carga regulatoria y administrativa del CBAM así como los costos de cumplimiento para las empresas de la UE, especialmente las pymes, aproximadamente el 99 por ciento de las emisiones de las importaciones afectadas seguirían sujetas a las obligaciones del CBAM.
La propuesta también contiene varias simplificaciones para todos los importadores de bienes del CBAM que superen el umbral de 50 toneladas/año, incluyendo las relativas al procedimiento de autorización, los procesos de recopilación de datos, el cálculo de las emisiones implícitas, las normas de verificación de emisiones, el cálculo de la responsabilidad financiera de los declarantes autorizados (quienes deseen importar bienes sujetos al CBAM) durante el año de importación a la UE, y las reclamaciones de los declarantes autorizados por los precios del carbono pagados en terceros países.
El comunicado de prensa afirma que estos cambios representan un primer paso necesario antes de una revisión más exhaustiva del CBAM, que se llevará a cabo a finales de este año y estará acompañada de una propuesta legislativa que amplíe el CBAM a los productos aguas abajo e introduzca medidas adicionales contra la elusión.
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