El Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal (CAFC) ha emitido un dictamen que sienta precedente y revoca una decisión del CIT, estableciendo que las fórmulas infantiles especializadas diseñadas para niños con afecciones crónicas califican como medicamentos libres de arancel bajo la partida 3004.
Este caso se centró en cinco productos importados clasificados por la Administración de Alimentos y Medicamentos de EEUU (FDA) como alimentos médicos. Estas fórmulas, destinadas a uso terapéutico bajo supervisión médica, fueron clasificadas inicialmente por CBP como preparaciones comestibles diversas bajo la subpartida 2106.90.99 (subjetas a un arancel de un 6.4 por ciento). El demandante abogó por su clasificación bajo el Capítulo 30, que abarca productos farmacéuticos, o alternativamente bajo la subpartida 9817.00.96 como artículos para personas con discapacidad.
El CIT falló a favor de CBP, citando la Nota 1(a) del Capítulo 30 que excluye los alimentos y bebidas, incluidos los dietéticos, de la clasificación bajo dicho capítulo. Sin embargo, el CAFC rechazó esta interpretación, enfatizando que la Nota 1(a) debe interpretarse de manera restrictiva para excluir los alimentos comercializados para uso dietético general y no las formulaciones especializadas creadas a partir de sustancias de nivel químico con fines terapéuticos.
El tribunal señaló que los productos del demandante, si bien carecen de ingredientes farmacéuticos activos, son preparaciones mixtas para usos terapéuticos o profilácticos que se venden en dosis medidas, lo que se ajusta perfectamente a la partida 3004. El tribunal encontró “dificultades sustanciales” en la aplicación de la Nota 1(a) a estos productos y concluyó que el lenguaje de la partida 3004 “es claramente aplicable.”
El caso se devolvió al CIT para que determine la subpartida precisa, aunque se confirmó efectivamente la exención de aranceles.
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