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La Oficina del Representante Comercial de EEUU (USTR) anunció el pasado 5 de febrero la resolución exitosa de la octava petición bajo el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas del T-MEC / USMCA sobre la presunta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en una planta de neumáticos ubicada en San Luis Potosí.

USTR señala que en julio de 2023 EEUU y México acordaron un plan sólido para abordar las violaciones laborales en dicha planta relacionadas con la falta de aplicación por parte del fabricante del acuerdo sectorial para la industria de fabricación de caucho (conocido como contrato ley). Ese plan ya se ha implementado y se han solucionado las preocupaciones sobre la denegación de derechos planteadas en la solicitud estadounidense. Como resultado, USTR ha ordenado al Departamento del Tesoro que reanude la liquidación de las entradas de bienes no liquidados provenientes de la fábrica en cuestión.

Según USTR, las acciones tomadas por la planta y el gobierno mexicano para abordar el asunto incluyeron:

- una votación libre y justa en la planta que resultó en un sindicato independiente que representa a los trabajadores para fines de negociación y facilitación del contrato ley;

- 1,186 trabajadores recibieron un total de US$4.2 millones por concepto de salarios atrasados y prestaciones adeudadas en virtud del contrato ley;

- el contrato ley actualmente se aplica en la planta, al tiempo que se conservan los salarios o beneficios anteriores que excedieron los términos del contrato ley;

- el empleador y los trabajadores suscribieron varios acuerdos individuales sobre horas de trabajo y períodos de vacaciones, licencias para representantes sindicales, bonificaciones de productividad, rangos salariales y un sistema de pago;

- las partes se comprometieron a continuar las negociaciones sobre aumentos salariales para el próximo año;

- el fabricante adoptó y publicó una declaración de neutralidad y directrices de la empresa sobre libertad de asociación y negociación colectiva, incluida una política de tolerancia cero para las violaciones, y capacitó a todo el personal de la empresa sobre las directrices y los compromisos de neutralidad;

- el fabricante estableció un mecanismo de denuncia para que los trabajadores puedan denunciar anónimamente cualquier violación de sus derechos y de las directrices de la empresa en materia de libertad sindical y negociación colectiva;

- el gobierno mexicano informó a los trabajadores sobre sus conclusiones y el curso de remediación e impartió capacitación presencial para el personal de la empresa sobre la libertad de asociación y negociación colectiva;

- el gobierno mexicano supervisó la planta, incluso realizando inspecciones periódicas, y colaboró con los trabajadores y el empleador durante la implementación del curso de remediación;

- el gobierno mexicano publicó y difundió materiales que explican cuestiones clave relacionadas con los derechos de los trabajadores a la libertad de asociación y la negociación colectiva, incluida la ley relacionada y la existencia del contrato ley; y

- las autoridades mexicanas acordaron revisar otras empresas de la industria del caucho y sus respectivos convenios para garantizar que los trabajadores reciban los beneficios aplicables bajo la ley federal y el contrato ley.

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