El Presidente Biden emitió el 24 de octubre una nueva orden ejecutiva que prepara el camino para aplicar potencialmente amplias restricciones al comercio con Nicaragua, endureciendo aún más las primeras sanciones impuestas en 2018 a través de la Orden Ejecutiva 13851.
El Departamento de Estado declaró que “las acciones aceleradas del gobierno nicaragüense este año cerrando espacio para la sociedad civil, aumentando su cooperación de seguridad con Rusia y silenciando las voces independientes a pesar de los amplios llamados internacionales al diálogo y la moderación obligan a Estados Unidos a actuar.” La comunicación añade que “los gobiernos que niegan los derechos básicos de sus pueblos o amenazan los intereses de seguridad de sus vecinos no deben esperar que sus relaciones políticas, económicas y comerciales no se vean afectadas.”
Funcionarios de la administración del Presidente Biden indicaron a principios de año que estaban considerando bloquear las importaciones de Nicaragua, las cuales están lideradas por prendas de vestir, metales preciosos, maquinaria, carne, café y azúcar. La Casa Blanca también dijo que podría revisar la participación de Nicaragua en el tratado de libre comercio CAFTA-DR. La nueva orden ejecutiva no menciona la elegibilidad de Nicaragua bajo el CAFTA-DR y no prohíbe las importaciones de Nicaragua. Sin embargo, menciona las siguientes posibles prohibiciones:
- las importaciones de cualquier producto de origen nicaragüense que determine el Departamento del Tesoro (en consulta con los departamentos de Comercio y Estado);
- exportaciones, reexportaciones, ventas o suministros, directa o indirectamente, desde EEUU o por una persona estadounidense, dondequiera que se encuentren, a cualquier persona ubicada en Nicaragua de cualquier artículo que pueda determinar el Departamento de Comercio (en consulta con los departamentos de Estado y del Tesoro);
- nuevas inversiones de una persona estadounidense, dondequiera que se encuentre, en cualquier sector de la economía nicaragüense, según lo determine el Departamento del Tesoro (en consulta con el Departamento de Estado); y
- cualquier aprobación, financiamiento, facilitación o garantía por parte de una persona estadounidense, dondequiera que se encuentre, de una transacción por parte de una persona extranjera que estuviera prohibida por esta orden ejecutiva si la realizara una persona estadounidense o dentro de EEUU.
La orden ejecutiva del 24 de octubre también amplía un bloqueo existente sobre activos para incluir a personas que operan o han operado en el sector aurífero de Nicaragua, o en cualquier otro sector que determine el Departamento del Tesoro.
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