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El presidente Trump anunció el pasado 29 de abril medidas diseñadas para flexibilizar los aranceles adicionales impuestos bajo la Sección 232 sobre las importaciones de autopartes.

En virtud de una proclamación presidencial con fecha del 26 de marzo, un arancel de un 25 por ciento entró en vigor el pasado 3 de mayo con respecto a las autopartes, que incluyen motores y piezas de motores, transmisiones y piezas de los sistemas de propulsión, componentes eléctricos y piezas de vehículos de pasajeros y camionetas ligeras clasificadas en subpartidas arancelarias específicas. Este arancel se aplicará a las piezas cubiertas incluso si califican para trato arancelario especial en virtud de un tratado de libre comercio o un programa de preferencias. Sin embargo, las piezas elegibles bajo el Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá (excepto los kits de desmontaje de automóviles o compilaciones de piezas) estarán exentas del arancel hasta que el Departamento de Comercio de EEUU (DOC) establezca un proceso para aplicar el arancel únicamente al contenido no estadounidense.

El presidente ha emitido una proclamación que establece que, para los automóviles ensamblados en EEUU, los fabricantes podrán solicitar compensaciones a los aranceles de la Sección 232 por un monto equivalente a (1) el 3.75 por ciento del valor agregado del precio de venta sugerido por el fabricante (PVP) de todos los automóviles que ensamblen en EEUU entre el 3 de abril de 2025 y el 30 de abril de 2026, y (2) el 2.5 por ciento del valor agregado del PVP de todos los automóviles que ensamblen en EEUU entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.

Según una hoja informativa de la Casa Blanca, estos porcentajes reflejan el arancel total que se adeudaría si se aplicara el arancel del 25 por ciento a piezas que representen el 15 por ciento del PVP de un automóvil ensamblado en EEUU durante el primer año y el 10 por ciento durante el segundo año. Por ejemplo, la hoja informativa indica que, si un fabricante fabrica un automóvil en EEUU con un 85 por ciento de contenido estadounidense o del T-MEC, no adeudará aranceles sobre la producción de dicho vehículo durante el primer año. De igual manera, si un fabricante fabrica un automóvil en EEUU con un 50 por ciento de contenido estadounidense o del T-MEC y un 50 por ciento importado de otro país, en lugar de pagar el arancel sobre el 50 por ciento de las piezas importadas solo pagaría el 35 por ciento durante el primer año.

La proclamación establece que solo los automóviles que se ensamblan en EEUU pueden incluirse en este cálculo. Además, el monto de la compensación solo puede ser utilizado por importadores registrados autorizados por el fabricante y únicamente para compensar los aranceles de la Sección 232 sobre las autopartes. Los fabricantes con compensaciones aprobadas pueden determinar qué importadores registrados son elegibles para la deducción de dichos montos, lo que puede incluir a los proveedores en sus cadenas de suministro de automóviles ensamblados en EEUU.

El DOC tiene ahora 30 días para establecer un proceso mediante el cual los fabricantes que soliciten una compensación arancelaria deberán presentar una lista completa de la documentación requerida. Una vez notificada la aprobación de una compensación, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EEUU (CBP) la otorgará al/los importador(es) registrado(s) aprobado(s) “utilizando procesos y mecanismos consistentes con el marco operativo de CBP y los procedimientos de administración arancelaria, incluyendo la compensación contra las obligaciones arancelarias vigentes al momento de la entrada, u otros métodos legales.”

La orden ejecutiva ordena a CBP que comience a otorgar compensaciones tan pronto como sea posible y permite a la agencia solicitar a los importadores registrados la información necesaria para hacerlo. Los importadores que soliciten y reciban una compensación que exceda el monto aprobado por el DOC podrían ser sancionados con multas monetarias por el monto máximo permitido por la ley.

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