La Comisión Europea publicó el pasado 3 de mayo un informe sobre la simplificación del Reglamento revisado de la UE sobre deforestación (RDUE) así como un conjunto de medidas adicionales “para una aplicación fluida y eficaz tras el acuerdo de los colegisladores del pasado mes de diciembre.” La Comisión afirma que estas medidas “aportarán mayor claridad a los operadores económicos, los Estados miembros, los terceros países y otras partes interesadas, garantizando al mismo tiempo la estabilidad jurídica y la previsibilidad.”
Según el RDUE, todo operador o comerciante que comercialice en el mercado de la UE ganado vacuno, madera, cacao, soja, palma aceitera, café o caucho, así como varios de sus productos derivados, debe poder demostrar que los productos no proceden de tierras recientemente deforestadas ni han contribuido a la degradación forestal. El pasado 23 de diciembre, la UE adoptó una modificación del RDUE que retrasa oficialmente su aplicación. En concreto, las fechas de entrada en vigor son actualmente el 30 de diciembre de 2026 para las grandes y medianas empresas así como para las microempresas y pequeñas empresas del sector maderero, y el 30 de junio de 2027 para las demás microempresas y pequeñas empresas.
Entre otras medidas, la Comisión ha publicado un proyecto de acto delegado que propone excluir varios productos del ámbito de aplicación del RDUE, tales como pieles, cuero y neumáticos recauchutados, e incluir en su ámbito productos derivados tales como el café soluble y ciertos derivados del aceite de palma. Las muestras de productos, determinados materiales de embalaje, los productos usados y de segunda mano, y los residuos también quedarían exentos del reglamento. El público puede presentar comentarios sobre las modificaciones propuestas hasta el próximo 1 de junio.
La Comisión también ha publicado un documento de orientación actualizado y un documento con preguntas frecuentes que abordan los temas planteados con mayor frecuencia por las partes interesadas. Ambos documentos proporcionan más aclaraciones sobre las obligaciones para la cadena de suministro descendente y el régimen específico muy simplificado aplicable a los microoperadores y a los pequeños operadores primarios. Se proporcionan explicaciones sobre cuestiones como el comercio electrónico y las modalidades de geolocalización. Las infografías actualizadas de la cadena de suministro de la EUDR también proporcionan ejemplos prácticos fáciles de usar que ilustran los diversos escenarios de la cadena de suministro. La Comisión indica que estos documentos se han debatido ampliamente con los estados miembros para una aplicación armonizada de la legislación en toda la UE.
Además, la Comisión ha presentado un informe al Parlamento Europeo y al Consejo en el que describe las medidas de simplificación implementadas desde la entrada en vigor del RDUE así como las recientemente introducidas.
Tras la publicación del paquete de simplificación del RDUE, el Servicio Agrícola Exterior del Departamento de Agricultura de EEUU mantuvo su postura crítica respecto a la reforma impulsada por la Comisión en un informe con fecha de 7 de mayo, señalando que “a pesar de las peticiones de EEUU, la Comisión no ha abordado las principales preocupaciones estadounidenses en relación con el RDUE, incluida la solicitud de que los productores de países con un riesgo mínimo no estén obligados a presentar declaraciones de diligencia debida ni a proporcionar datos de geolocalización onerosos.”
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