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La Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio (BIS) aceptará comentarios públicos hasta el 20 de marzo sobre la efectividad de sus procedimientos de licencia para la exportación y reexportación de productos agrícolas a Cuba. BIS pide a cualquier parte interesada en enviar comentarios que estos sean lo más específicos posible.

BIS autoriza las exportaciones y reexportaciones de productos agrícolas a Cuba, y los requisitos y procedimientos asociados con dicha autorización se establecen en la disposición regulatoria 15 CFR 740.18. BIS debe presentar informes bienales al Congreso sobre el funcionamiento de este sistema de licencias que incluyan el número y tipos de licencias solicitadas y aprobadas, el tiempo promedio transcurrido desde la fecha de presentación de una solicitud de licencia hasta la fecha de su aprobación, la medida en que los procedimientos de concesión de licencias se implementaron efectivamente, y una descripción de los comentarios de las partes interesadas sobre la eficacia de los procedimientos de concesión de licencias.

BIS actualmente está preparando un informe sobre el funcionamiento de este sistema de licencias para el período del 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2022, y todos los comentarios recibidos se considerarán en el desarrollo de dicho informe.

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