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La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EEUU (CBP) aceptará comentarios de cualquier parte interesada hasta el 10 de noviembre sobre una propuesta que reclasificaría ciertos tejidos de tapicería como otros tejidos bajo el código arancelario 5515.12.00 (arancel de un 12 por ciento) en lugar de como tejidos textiles recubiertos bajo el código arancelario 5903.90.2500 (arancel de un 7.5 por ciento). El dictamen NY N319028 se modificaría para reflejar la reclasificación propuesta.

El producto en cuestión es un tejido compuesto enteramente de hilos de poliéster, de los cuales el 72 por ciento son fibras discontinuas y el 28 por ciento son hilos de filamentos, que tiene un revestimiento acrílico aplicado en el reverso. CBP afirma que la Nota 2 del Capítulo 59 del HTSUS especifica que la partida 5903 no se aplica a los tejidos textiles en los que el revestimiento no se puede ver a simple vista y que este es el caso con respecto al tejido en cuestión. Específicamente, CBP afirma que (1) el recubrimiento no cambia el carácter de la superficie del tejido, (2) el recubrimiento no imparte un brillo visible ni crea un patrón visible, (3) el tejido subyacente aún es visible y la tela no está nivelada ni alisada debido al recubrimiento, y (4) es difícil discernir el recubrimiento cuando se compara la muestra no recubierta con la muestra recubierta.

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