La Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA) ha emitido una nueva normativa que le ayudará a rastrear de manera más efectiva los alimentos contaminados, ya sea de procedencia estadounidense o extranjera.
Según esta nueva normativa, que entrará en vigor el próximo 20 de enero, las personas que fabriquen, procesen, empaquen o almacenen alimentos que la FDA haya designado como de alto riesgo y que hayan sido incluidos en una nueva lista de trazabilidad de alimentos deberán mantener y proporcionar a sus socios de la cadena de suministro información específica (datos clave) sobre ciertos eventos críticos de seguimiento en la manipulación de los alimentos.
La lista de trazabilidad de alimentos incluye actualmente las verduras de hojas verdes frescas, los melones, los pimientos, los brotes, las hierbas, los tomates, los pepinos, las frutas de árboles tropicales, los huevos con cáscara, las mantequillas de nueces, las frutas y verduras recién cortadas, las ensaladas preparadas, los quesos (que no sean duros), el pescado y los crustáceos. Los eventos críticos de seguimiento incluirán la cosecha, el enfriamiento, el empaque inicial, la recepción, la transformación y el envío de los alimentos en cuestión.
La información que las empresas deberán conservar y enviar varía según el tipo de actividades de la cadena de suministro que realicen, desde la cosecha o producción del alimento hasta su procesamiento, distribución y recepción en el comercio minorista u otro punto de servicio.
Las personas sujetas a esta normativa también deberán establecer y mantener un plan de trazabilidad que describa sus procedimientos para mantener los registros requeridos, identificar los alimentos en la lista de trazabilidad de alimentos que manejen, y asignar códigos de lote de trazabilidad a los alimentos en la lista de trazabilidad de alimentos.
La FDA estima que gracias a esta regla podrá identificar de manera más rápida y efectiva el origen y la ruta de viaje de los alimentos contaminados para prevenir o mitigar los brotes de enfermedades transmitidas por los alimentos, abordar cualquier amenaza creíble que conlleve consecuencias adversas graves o mortales para la salud, y minimizar la ocurrencia de avisos excesivamente amplios y de retiros del mercado que involucren productos alimenticios no afectados.
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